Características del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) representa una reforma significativa en el sistema fiscal mexicano, diseñada para simplificar las obligaciones tributarias y promover la eficiencia en la recaudación de impuestos. Esencial tanto para personas físicas como morales, el RESICO busca ofrecer un marco fiscal más accesible y menos complejo. Este artículo proporciona una guía detallada sobre quién puede acogerse a este régimen, las tasas aplicables, los beneficios y las restricciones pertinentes.

¿Quiénes pueden entrar al regimén RESICO?

Para las personas físicas, el RESICO está abierto a quienes perciban ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos. Estos ingresos deben estar facturados conforme a su actividad económica y pertenecer a alguno de los siguientes cuatro regímenes fiscales:

  • Actividades empresariales y profesionales.
  • Régimen de Incorporación Fiscal.
  • Uso o goce temporal de bienes inmuebles (arrendamiento).
  • Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas.

Personas Físicas que no pueden ingresar al régimen

Hay ciertas condiciones bajo las cuales las personas físicas no pueden ingresar al RESICO. Estas incluyen ser socio o accionista de personas morales o estar relacionadas con ellas, con algunas excepciones como:

  • Ser socio o accionista de Sociedades Civiles sin percibir asimilados a salarios.
  • Ser socio de sociedades cooperativas de producción dedicadas exclusivamente a actividades primarias, siempre y cuando cumplan individualmente con sus obligaciones fiscales.
  • Residentes en el extranjero con uno o varios establecimientos permanentes en México.

Tasas progresivas para el pago del impuesto sobre la renta, sobre ingresos efectivamente facturados y cobrados.

Personas Morales y el RESICO

Para las personas morales, el RESICO es accesible a aquellas constituidas únicamente por personas físicas que no estén asociadas a otras personas morales y cuyos ingresos totales en el año no excedan de 35 millones de pesos. Este régimen se presenta como una opción viable para pequeñas y medianas empresas buscando simplificar sus obligaciones fiscales.

Exclusiones para Personas Morales

Las personas morales enfrentan restricciones similares a las de las personas físicas para acceder al RESICO. Estas exclusiones incluyen:

  • Cuando uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes, participen en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas.
  • Realización de actividades a través de fideicomiso o asociación en participación.
  • Obligación de tributar bajo regímenes específicos como instituciones de crédito o actividades primarias:
      • Instituciones de crédito en el Régimen General de Ley.
        • En el Régimen Opcional para Grupo de Sociedades.
        • En el Régimen de los Coordinados.
        • En el Régimen de las Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras.
        • En el Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos.
        • En el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos.
  •  Los contribuyentes que dejen de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza

Beneficios del RESICO

El RESICO ofrece múltiples beneficios tanto para personas físicas como morales, tales como:

  • Pago de ISR entre el 1 y 2.5% sobre los ingresos.
  • Cálculo automático de impuestos y declaraciones prellenadas con línea de captura generada automáticamente.
  • Facilidades administrativas, incluyendo la exención de enviar contabilidad electrónica y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Referencias

  • Servicio de Administración Tributaria (SAT)
  • Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)
  • Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Código de Comercio.

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