Régimen de los Coordinados

¿Eres transportista y te preguntas si existe un régimen fiscal diseñado específicamente para tu sector? La respuesta es sí. Los transportistas cuentan con un Régimen específico llamado Régimen de los Coordinados, una estructura tributaria que reconoce la naturaleza única de las operaciones de autotransporte terrestre de carga y pasajeros. En este contexto, comprender tu situación fiscal y contable es crucial, y aquí es donde un despacho contable en CDMX especializado puede ser tu mejor aliado.

¿Qué es el régimen de los coordinados?

El Régimen de los Coordinados es aquel en el que tributan las personas morales dedicadas a administrar y operar activos fijos o activos fijos y terrenos, específicamente en la actividad del autotransporte terrestre de carga o de pasajeros. Este régimen es aplicable a aquellos cuyos integrantes, ya sean personas físicas o morales, realicen las mismas actividades o actividades complementarias. Para calificar, deben poseer activos fijos y terrenos vinculados directamente con dichas actividades.

Criterios para determinar la aplicabilidad del régimen de los coordinados:

Ingresos predominantes: Si al menos el 90% de tus ingresos totales provienen de la actividad de autotransporte terrestre de carga o pasajeros (sin contar la venta de activos fijos o terrenos), este régimen podría ser para ti.

Obligaciones principales bajo este régimen:

Declaraciones y pagos provisionales: Debes presentar declaraciones y realizar el pago provisional mensual de retenciones de ISR por sueldos y salarios.
Declaración anual de ISR: Tanto para los integrantes como para la entidad coordinada.
Declaraciones de IVA e ISR mensuales: Incluyendo el ISR por cuenta de los integrantes y la información sobre operaciones con terceros para efectos del IVA.
Expedición de comprobantes fiscales y mantenimiento de la contabilidad: Es esencial llevar y conservar una contabilidad precisa.

Como coordinado, eres responsable del cumplimiento fiscal de tus integrantes en relación con las operaciones realizadas a través del coordinado, siendo estos últimos responsables solidarios.

Exclusiones del régimen de coordinados:

Según el Artículo 72 LISR, no puedes tributar en el Régimen de los Coordinados si te dedicas de manera individual a la actividad de autotransporte de carga y de pasajeros. Este régimen está reservado para aquellos que forman parte de una empresa que administra y opera activos fijos o activos fijos y terrenos, relacionados directamente con la actividad del autotransporte terrestre.

¿Cómo puede ayudarte un despacho contable?

Un despacho contable en CDMX especializado en el sector del transporte puede ofrecerte la orientación y el apoyo que necesitas para asegurarte de que estás cumpliendo con todas tus obligaciones fiscales y aprovechando cualquier beneficio fiscal disponible.

En Consultoría Vera, comprendemos las particularidades de los transportistas y estamos preparados para ayudarte a manejar tus obligaciones fiscales y contables de manera efectiva. Con nuestro conocimiento especializado y atención personalizada, puedes estar seguro de que tu situación fiscal está en manos expertas.

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